Introducción
Durante los últimos 5 años la situación de derechos humanos para las personas privadas de la libertad ha estado en constante deterioro. Esta crisis aumentó a partir de la pandemia del Covid-19 y fue en la cárcel la Modelo que explotó de manera violenta con el presunto homicidio de 24 reclusos en los hechos del 21 de marzo de 2020. Posteriormente, la crisis de hacinamiento y de malas condiciones en centros penitenciarios se ha extendido a los centros de detención transitoria¹. Sobre esto, en el 2022 la Corte Constitucional extendió el estado de cosas inconstitucionales por hacinamiento en centros de detención transitoria. Ese mismo año ocurrió otra de las recientes crisis más graves al interior de centros penitenciarios cuando en la cárcel de Tuluá murieron 53 reclusos tras un incendio al interior del establecimiento, hechos en los que murió Jhonatan Sabogal, privado de la libertad por participar en la protesta social durante el 2021 ².
Asimismo, entre 2020 y 2024 se han declarado dos emergencias penitenciarias y carcelarias en el país: la primera de ellas en el 2020 en el marco de la emergencia sanitaria producto del Covid-19 y la falta de infraestructura adecuada para atender esta emergencia al interior de los centros penitenciarios y la segunda declarada en febrero de 2024 como respuesta a los hechos de violencia ocurridos en contra de funcionarios del cuerpo de custodia y vigilancia³. Sin embargo, estas medidas han sido insuficientes para mejorar las condiciones de los centros penitenciarios, tal como lo señaló la Defensoría del Pueblo en la alerta temprana Nº 014-2024⁴.
Ante este contexto desde la Plataforma GRITA de Temblores Ong consideramos fundamental investigar por las muertes violentas que ocurren al interior de centros de detención transitoria y centros penitenciarios, con el objetivo de poder hacer un diagnóstico de está problemática que sea de utilidad para las instituciones competentes.
Para la elaboración del reporte que presentamos a continuación, le enviamos dos derechos de petición de información a Medicina Legal y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) indagando por las personas que murieron en los centros de reclusión entre 2020 y 2024⁵. La información suministrada por Medicina Legal incluye casos que ocurrieron tanto en centros transitorios de detención como cárceles bajo la categoría de “centros de reclusión” y la ocupación “reclusos en centro penitenciario” que contempla a “personas detenidas, reclusas o presas”⁶. Por su parte, la información suministrada por el Inpec contempla los casos ocurridos en Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON), es decir, centros penitenciarios. Así pues, cada institución registra un número de casos distinto, los cuales ponemos en diálogo en este reporte, entendiendo que se trata de dos bases de datos diferentes pero que son evidencia de un mismo problema estructural. Por otro lado, también cruzamos esta información con casos que han sido recopilados por nuestra Plataforma GRITA y que han sido denunciados en prensa.
Cifras Generales
Entre 2020 y 2024 Medicina Legal registró un total de 602 muertes al interior de centros de reclusión. De estos 602 casos, 325 corresponden a muertes violentas⁷, es decir, el 54% de los casos. 2022 fue el año en el que más casos se registraron con 185 casos, de los cuales 110 corresponden a muertes violentas.
En cuanto al Inpec, esta institución registró 1228 casos de muertes al interior de Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON). De estos 1.228 casos, 246 corresponden a muertes violentas⁸, es decir, el 20% de los casos. 2022 fue el año en el que más casos se registraron con 311 casos, de los cuales 85 corresponden a muertes violentas.
Cifras por Establecimiento de Reclusión del Orden Nacional
En la información entregada por el Inpec, se discrimina la información de acuerdo a los ERON en los que se presentaron los casos. Por su parte, Medicina Legal discrimina la información por departamento y municipio, pero sin especificar el centro de reclusión. Para el objetivo de este reporte, nos parece relevante observar la información de acuerdo a los Establecimientos de Reclusión en los que se presentaron los hechos. Así, pues, entre 2020 y 2024, los ERON donde más casos se presentaron fueron estos:
Cifras por sexo
Frente al sexo de las personas fallecidas Medicina Legal no entrega esta información. Por lo tanto, tomamos en cuenta los datos entregados por el Inpec. Así pues, de los 1.228 casos registrados por el Inpec, 1.166 eran hombres, es decir, el 95% de los casos, mientras que 62 eran mujeres, es decir, el 5% de los casos.
Ahora bien, analizando estos casos de acuerdo a la población de hombres y mujeres privadas de la libertad según las estadísticas del Inpec⁹, se registraron 9 casos por cada mil mujeres privadas de la libertad y 12 casos por cada mil hombres privados de la libertad.
Cifras por rango etario
Frente a la edad de las personas fallecidas, el Inpec no entrega esta información. Así pues, tomamos en cuenta los datos entregados por Medicina Legal. De los 602 casos registrados por Medicina Legal, se observa que la población más afectada es aquella que se encuentra entre los 27 y 37 años con el 34,2% de los casos. Llama la atención que Medicina Legal registra también la muerte de 4 menores de edad entre los 14 y 17 años.
Esta cifra recoge casos de personas que se encontraban en centros transitorios, como lo es el caso del joven de 26 años Juan Sebastián Arismendí¹⁰, quien había sido ingresado a la Estación de Policía de Suba el 1 de abril de 2023 y tuvo que ser trasladado a los tres días a un centro médico en donde falleció. Al identificar el caso en la base de Medicina Legal se cataloga como presunto homicidio ocurrido con mecanismo contundente. Este caso ilustra parte de la problemática de los centros transitorios de detención, particularmente la estación de policía de Suba donde murió Juan Sebastián tenía un 216.6% de hacinamiento para el 17 de enero de 2024¹¹. Lo anterior, sumado al hecho de que las estaciones están a cargo de policías que no recibieron la formación para cuidar a personas privadas de la libertad, se vuelve un panorama propicio para las violaciones a los derechos humanos¹².
Cifras por causa de muerte
Medicina Legal registra la causa de muerte y el mecanismo causal de los hechos. Como se mencionó anteriormente, de los 602 casos registrados por Medicina Legal, 325 corresponden a muertes violentas. De estas muertes violentas, las causas de muerte se distribuyen así:
Ahora bien, frente al total de los 602 casos, incluyendo los casos de muerte natural y muerte violenta, Medicina Legal registró los siguientes mecanismos causales entre 2020 y 2024:
Aquí llama la atención que, después de los mecanismos que se registran como “natural”, el segundo mecanismo causal es generador de asfixia con 119 casos. Sobre los 35 casos que se registraron con arma de fuego, 23 corresponden a la masacre que ocurrió en la cárcel la Modelo en el 2020.
Por otro lado, frente al registro del Inpec, esta institución registra los hechos bajo la categoría “causa y/o modalidad”. Como se mencionó anteriormente, de los 1228 casos registrados por el Inpec, 246 corresponden a muertes violentas. De estas muertes violentas, las causas y/o modalidad se distribuyen así:
Frente a esta información registrada por el Inpec, hay un hallazgo importante y es que esta institución registra los casos que ocurrieron en la cárcel de Tuluá en 2022 como “accidente”. Esto a diferencia de Medicina Legal que registra 6 de estos casos como “muerte violenta sin determinar” y 47 como “presunto homicidio”.
Suicidio
En las dos bases de datos una importante causa de muerte violenta entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de abril de 2024 es el suicidio. En la base de Medicina Legal es la segunda causa con más casos registrados con 68 y en la base de Inpec es la primera con 74¹³, lo que da un promedio de un suicidio cada 17,8 días y 16,4 días respectivamente entre 2020 y 2024.
Según Medicina Legal, el mayor porcentaje de suicidios se encuentra en la población entre los 27 y los 27 años la cual recoge el 50% de los casos, seguido de la población entre los 18 y 26 y 38 y 48 que reúnen la misma cantidad de casos.
Por otro lado, según la base de Inpec, los centros penitenciarios donde más casos de suicidio ocurrieron fueron Ibagué con 10 casos, El Barne (Combitá, Boyacá) con 5 casos y por última La Dorada, Caldas con 4 casos al igual que Popayán. Es necesario que se revisen los protocolos de atención a emergencias de salud mental en dichos centros penitenciarios.
Es particularmente preocupante que los suicidios sean una de las principales causas de muertes violentas al interior de centros penitenciarios y de centros transitorios de detención. Los suicidios son un síntoma de problemáticas en el sistema carcelario relacionadas con el acceso a una salud digna pero también con el objetivo resocializador del sistema penitenciario. Por un lado, estas cifras evidencian que existen problemas de salud mental y de acceso a tratamientos que prevengan estas situaciones, pero a la vez también muestran que para muchas personas privadas de la libertad la experiencia al interior de los establecimientos no aporta al proceso de resocialización.
Preocupaciones generales
Frente a los datos es preocupante que si bien el Inpec registra más casos de muertes al interior de centros penitenciarios que los que registra Medicina Legal, el porcentaje de muertes violentas registrado por Medicina Legal es mayor al registrado por el Inpec. Esto abre un interrogante sobre la manera en la que son categorizadas estas muertes por el Inpec, observando además que hechos como el incendio en la cárcel de Tuluá, los cuales están siendo investigados por presunta responsabilidad de funcionarios¹⁴, sean categorizados como “accidente”. Es por esto que consideramos importante que estas categorizaciones estén en concordancia con los dictámenes de Medicina Legal.
Tras la extensión del estado de cosas inconstitucionales por hacinamiento en centros de detención transitoria de parte de la Corte Constitucional no ha habido un cumplimiento efectivo de la orden dada a las entidades territoriales para que garanticen que las personas privadas de libertad cuenten con las condiciones mínimas en los centros transitorios de detención.
Es fundamental que el ministerio público nacional y local haga un seguimiento a lo anterior para que las autoridades locales implementen acciones en pro de garantizar condiciones mínimas para las personas privadas de libertad.
¹ Extensión del estado de cosas inconstitucionales por hacinamiento en centro de detención transitoria. (2022). Recuperado de: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/SU122-22.htm
² Proceso Colectivo Jonathan Sabogal Presos Políticos del Estallido Social, Recuperado de: https://www.facebook.com/pcjsprisionerospoliticosdelestallidosocial/?paipv=0&eav=AfZ6y7o2ncu26o7ffEox3g6Dy0J4rUTOnVmU59bvbtAYNu6ceITwTkr4gK_5uWY_U-Y&_rdr
³ Según información suministrada por el Inpec con el número de radicado 2024EE0138194 “desde el 31 de enero al 10 de febrero de 2024 se vienen presentando en siete (7) Establecimientos del Orden Nacional atentados sicarial y homicidios contra funcionarios del Cuerpo de Custodia y Vigilancia (...) dejando dos
funcionarios fallecidos y dos lesionados”.
⁴ Disponible en: https://www.defensoria.gov.co/alertas-tempranas
⁵ La información entregada incluye datos hasta el 30 de abril de 2024.
⁶ Respuesta a derecho de petición con oficio número 634-SSF-2024.
⁷ Según el oficio número 634-SSF-2024 Medicina Legal precisa que las muertes violentas, según la clasificación forense, se encuentran agrupadas en las categorías de: presunto homicidio, suicidio, muertes accidentales y muertes violentas sin determinar.
⁸ Aunque INPEC no especifica lo que se entiende por muerte violenta, como decisión metodológica agrupamos las categorías de acuerdo a lo planteado por Medicina Legal, por lo tanto aquí incluimos: accidente, muerte por arma cortopunzante, muerte por objeto contundente, muerte por arma de fuego, suicidio e intoxicación.
⁹ Según la información que se encuentra en los tableros estadísticos del Inpec, la población privada de la libertad para abril de 2024 era de 102.220, donde 6.562 eran mujeres y 95.658 eran hombres. Información disponible en:
Aunque la forma más precisa de sacar este promedio es observando la población carcelaria de cada año según el sexo, esta información no está disponible en el caso de hombres antes del 2023. Por lo tanto, presentamos este promedio a partir de la información sobre población carcelaria en 2024, reconociendo que esta puede variar en los distintos años.
¹⁰ Citytv (2023) “Que se haga justicia por detenido asesinado en estación de Policía”. Recuperado de: https://citytv.eltiempo.com/noticias/judicial/que-se-haga-justicia-por-detenido-asesinado-en-estacion-de-policia_60620
¹¹ Este caso se suma a la problemática de hacinamiento en estaciones de policía en Bogotá y en distintos centros de detención transitoria del país. En el Anuario 2023 de la Personería Distrital de Bogotá se muestra que para el 30 de junio de 2022 había un hacinamiento del 282,54% en todas las estaciones de policía de Bogotá. Así mismo, ocurre otra problemática administrativa que incrementa el hacinamiento ya que, según la Personería, 512 personas (el 16% de quienes permanecen en centros transitorios de detención) ya se encuentran condenados y por ende debían ser trasladados a centros penitenciarios para cumplir con sus condenas. Por este motivo, en la prolongación del estado de cosas inconstitucionales mencionado en la introducción se le da la orden inmediata a las autoridades locales de trasladar de las estaciones de policía a todos los privados de la libertad que ya se encuentren con una condena para así deshacinar los centros transitorios.
¹² El reciente reportaje de El Tiempo “Los acuerdos implícitos entre plumas y autoridades en los calabozos de Bogotá” profundiza en la actual problemática al interior de las estaciones de policía en las que hay un orden jerárquico de presos y muy malas condiciones de salubridad básica para la población privada de la libertad lo que evidencia el error de que esté en disposición de la Policía esta población de especial protección. Recuperado de: https://www.eltiempo.com/bogota/los-estratos-del-encierro-el-entramado-de-pagos-para-sobrevivir-en-los-calabozos-de-estaciones-de-policia-en-bogota-3357872
¹³ A diferencia de Medicina Legal que organiza en categorías distintas causa y mecanismo, Inpec las agrupa en la misma categoría causa/mecanismo.
¹⁴ El Espectador (2023) Guardias del Inpec irán a juicio disciplinario por incendio en cárcel de Tuluá. Disponible en: https://www.elespectador.com/judicial/guardias-del-inpec-iran-a-juicio-disciplinario-por-incendio-en-carcel-de-tulua/